La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó dos resoluciones que impactan en los alquileres urbanos y rurales. La Resolución General 5545/2024 establece que desde este lunes los propietarios ya no tendrán la obligación de inscribir los contratos en el “Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles (RELI)” para su validez.

No obstante, aquellos contribuyentes que pretendan obtener los beneficios que derivan de los regímenes de Bienes Personales y Ganancias sí deberán inscribir sus contratos. Los locatarios con contratos que están transcurriendo tendrán tiempo de registrarlos hasta el 30 de septiembre de este año. Los nuevos contratos tendrán tiempo hasta esa fecha o 15 días corridos posteriores a su celebración.

Asimismo, quienes ya hayan registrados los contratos no deberán volver a hacerlo a menos que los mismos hayan sufrido modificaciones.


NOTA en #LU19 a Gervasio Muñoz, referente de Inquilinos Agrupados de Argentina