El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) ha implementado cambios en los requisitos sanitarios para el ingreso de carnes (con y sin hueso), productos cárnicos y material reproductivo desde áreas donde se vacuna contra la fiebre aftosa hacia aquellas donde no se aplica esta práctica.
Esta actualización, oficializada mediante la Resolución 180/2025 publicada en el Boletín Oficial, se alinea con las recomendaciones de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA). La nueva normativa detalla las condiciones para la maduración, empaque, procesamiento y transporte de carnes, así como los requisitos sanitarios específicos para el material reproductivo.
El objetivo principal de esta medida es doble: asegurar la salud del ganado y la inocuidad de los productos, al tiempo que se facilita la comercialización y el abastecimiento interno, y se mantienen los estándares para el comercio internacional.
Con esta actualización, el Senasa reafirma su compromiso con la sanidad animal y la bioseguridad de la producción agropecuaria en Argentina, garantizando controles eficientes y acordes a las normas internacionales. La resolución entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial.















