Nahiara, la sentencia: 12 años para la madre y perpetua para el padrastro

Se realizó este viernes al mediodía la lectura de la sentencia de cesura en el «Caso Nahiara», con la definición de los montos de las penas de prisión para las dos personas condenadas. El 27 de agosto los imputados fueron declarados culpables por unanimidad en el primer juicio por Jurados realizado en General Roca.

La lectura de la sentencia estuvo a cargo del juez técnico Gastón Martín. Se determinó que la pena para Valeria Miranda 12 años de efectivo cumplimiento, más las accesorias y costas; dado que el daño causado por el delito es irreparable. «No fue el abandono de un día, fue el abandono reiterado, sistemático y habitual durante un lapso de cien dias», refirió el juez.

El delito para la madre de Nahiara es el de abandono seguido de muerte y agravado por el vínculo; de una madre hacia su hija, previsto en los artículos 106 y 107 del Código Penal.

El Juez expuso las circunstancias agravantes y atenuantes para la madre de la pequeña de Los Menucos.

Como agravante «se va a considerar en primer lugar las circunstancias y la naturaleza del hecho. El daño causado por el delito es irreparable con una maginitud insuperable. Evitaré describir las lesiones que recrean un cuadro desolador de violencia que culminó con la muerte de la menor de edad. He de considerar que no fue el abandono de un día, no fue un descuido lo que causó el desenlace fatal de la niña. Fue el abandono reiterado, habitual, deliberado, frente a la violencia desmedida que se ejercía sobre la misma. Todo esto quedó impreso en su débil humanidad, en las múltiples lesiones; más de 50 que durante un lapso de 100 días sufrió de manera reiterada», manifestó el juez Martín.

«Quedó acreditado, que si bien con alguna limitación (la madre) sí pudo dar auxilio a quien estuvo obligada a darla. Esta actitud frente a la vida de su hija debe estar cuantificada en la pena a imponer, determinó el Juez.

«Se ha afirmado que Valeria Miranda asumió un rol de víctima y victimaria. Sin embargo toda las pruebas rendidas en el juicio, como en la cesura, me llevan a la conclusión que en este legajo ha existido una única víctima y es la niña muerta», aseguró el magistrado.

Martín: «La niña murió a golpes y abandonada con más de 50 lesiones de toda índole y Valeria Miranda no presentaba ninguna lesión».

Así mismo Martín valoró como atenuante que la imputada no tenía antecedentes penales, su edad, la difícil situación económica social, la falta de recursos emocionales, la realidad compleja, la precaria educación recibida; entre otros.

Así mismo, para el imputado, Carlos Rubén Erbin fue condenado a prisión perpetua por el femicidio de la niña en abril del 2020. Por este delito, el Código Penal establece como única pena posible la de prisión perpetua.

El artículo 80 inc. 11 del Código establece que “se impondrá reclusión perpetua o prisión perpetua” a quien matare “a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”.

Cabe recordar que el equipo fiscal estuvo a cargo del fiscal jefe Andrés Nelli; la querella por parte de la abuela materna, fue representada por el abogado Marcelo Hertzriken Velasco. En tanto las defensas de Erbin por un lado, fue ejercida por el abogado Carlos Vila; y de Miranda por el defensor público Eduardo Luis Carrera.

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