Con 41 votos afirmativos se aprueban la modificación del Código Civil y Comercial de la Nación respecto de los contratos de locación Ley De Alquileres y el proyecto de ley que suspende por 180 días la constitución e inscripción de Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS)
El proyecto de alquileres se convirtió en ley tras un derrotero legislativo que duró más de cuatro años. La nueva norma establece, entre otros puntos, la extensión de los contratos de dos a tres años y la actualización anual de los precios, en lugar de ser de forma semestral como ocurre actualmente.
Además, el aumento anual deberá hacerse sobre un índice conformado por las variaciones mensuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) y el de salarios (RIPTE).
Por otra parte, la iniciativa establece que «los contratos de locación deben ser declarados por el locador ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)», un punto importante porque evitará la firma de contratos «en negro».
La AFIP deberá definir el plazo y la forma de esta declaración, pero se trata de un punto central porque obligaría a los propietarios a «blanquear» el ingreso que perciben por el alquiler, algo que generó contrapuntos en anteriores ocasiones sobre el tema.
Además, al existir un registro legal de alquileres se acelerarán las posibilidades de desalojo de los «okupas», quienes suelen demorar el trámite judicial presentando supuestos contratos de alquiler -que luego resultan apócrifos- para argumentar que fueron estafados en su «buena fe».
El proyecto también amplía las garantías que podrá presentar el inquilino ante el locador, al contemplar tanto la garantía propietaria, como el seguro de caución, el aval bancario, la garantía de fianza o fiador solidario y el recibo de sueldo.
Por otra parte, se establece de modo taxativo que las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario, quedando a cargo del inquilino solo las ordinarias, que incluyen los gastos habituales del edificio (salario del encargado, limpieza y otros conceptos).
El segundo proyecto que el oficialismo aprobó en solitario fue el que más resquemores provocaba en la oposición. La iniciativa propone suspender por 180 días la inscripción de la SAS nuevas y, en ese lapso, las que ya fueron creadas deben ratificar su inscripción ante la IGJ cuya jurisdicción sigue siendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ya que el resto de las provincias tienen sus propios registros de sociedades.
Juntos por el Cambio, a través de la palabra de la senadora Laura Rodríguez Machado, argumentó que el proyecto modificatorio de la norma sancionada duarente la presidencia de Mauricio Macri, «no solo no tiene nada que ver con la pandemia, sino que hace un daño enorme al suspender la inscripción de sociedades que dan trabajo a los argentinos».
El Senado aprobó la nueva ley de alquileres
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